Protegiendo los derechos de los recursos naturales
Creado por: Verónica Gómez Torres
La normativa ambiental en Colombia es de las que menos se cumple. Innumerables son los casos de aprovechamiento de recursos naturales renovables sin autorización, y no es un asunto que solo se dé en zonas rurales con el deterioro ambiental que genera la deforestación. “También lo apreciamos a nivel urbano con el incumplimiento de normas de ruido, las obligaciones de permisos de vertimientos, con la contaminación del aire con gases y material particulado provenientes del parque automotor, entre otros”, afirma Carlos Andrés Echeverry, el director de la Especialización en Derecho Ambiental de Javeriana Cali.
El interés académico por la defensa de los derechos de los recursos naturales de este profesor javeriano nació con su primer pregrado en administración ambiental, creció con su segunda formación como abogado y lo confirmó con su maestría en Derecho de los Recursos Naturales.
Sus conocimientos y experiencia en el campo no solo los comparte con sus estudiantes también con quienes reconocen algunos vacíos legales que existen, por ejemplo, como sucede con la falta de un desarrollo normativo más amplio de la infracción de “daño ambiental”. Por eso en su nuevo libro, ‘Régimen Sancionatorio Ambiental’, el profesor Carlos hace una exposición crítica resaltando sus bondades, pero también los problemas de interpretación normativa que tienen las autoridades ambientales, así como los presuntos infractores, al momento de enfrentar un proceso sancionatorio.
Como él mismo lo dice, su libro no se agota solamente en una descripción normativa del régimen sancionatorio ambiental, sino que ofrece pautas de interpretación que ayudan a los responsables de los asuntos ambientales en una empresa y necesiten reducir los riesgos de enfrentar un proceso sancionatorio; también a quienes trabajan en autoridades ambientales; y a la comunidad académica en general, con el fin de servir de pretexto para fomentar investigaciones en este campo.
¿Cómo está Colombia en materia sancionatoria ambiental?
“Estamos mejor que antes de 2009, pero aún tenemos oportunidades de mejora”, dice Echeverry. La Ley 1333 resolvió muchos de los problemas de antaño, sin embargo, la norma no es perfecta, subsisten dudas frente al momento de la vigencia de las medidas preventivas, la norma no aclaró la figura de flagrancia en materia ambiental, el desarrollo normativo de la infracción de daño ambiental es precario, faltó incluir al riesgo ambiental como criterio a valorar al momento de la imposición de una sanción, y la presunción de culpa o dolo sigue generando dolores de cabeza en las autoridades ambientales y los presuntos infractores.
También se presentan dificultades de orden administrativo porque los procesos son demorados y a veces no hay coordinación entre quienes manejan los asuntos técnicos y jurídicos al interior de la autoridad ambiental. “Esas dificultades, frustran la expectativa ciudadana de control efectivo en materia ambiental y propician escenarios de incumplimiento en algunos sectores”, afirma el profesor Carlos Echeverry.
PERFIL
Carlos Andrés Echeverry es administrador ambiental, abogado y especialista en Docencia Universitaria de la Universidad Tecnológica de Pereira y magíster en Derecho de la Universidad Externado de Colombia.
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